En el asunto T‑27/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto T‑27/19

Fecha: 02-Feb-2022

II.Procedimiento y pretensiones de las partes

Mediante demanda presentada en la Secretaría del Tribunal el 15 de enero de 2019, las demandantes interpusieron el presente recurso.

El BCE presentó su escrito de contestación el 28 de marzo de2019.

Mediante decisión de 17 de mayo de 2019, el Presidente de la antigua Sala Segunda del Tribunal admitió la intervención de la Comisión Europea en apoyo de las pretensiones delBCE.

La Comisión presentó el escrito de formalización de la intervención en el plazo señalado paraello.

Las demandantes presentaron sus observaciones sobre el escrito de formalización de la intervención el 2 de agosto de2019.

Las demandantes presentaron la réplica el 28 de junio de 2019 y el BCE la dúplica el 21 de agosto de2019.

Al haberse modificado la composición de las Salas del Tribunal, con arreglo al artículo 27, apartado 5, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, el Juez Ponente fue adscrito a la Sala Novena, a la que se atribuyó en consecuencia el presente asunto.

A propuesta de la Sala Segunda del Tribunal, este decidió, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento de Procedimiento, remitir el asunto a una Sala ampliada.

Mediante decisión del Presidente del Tribunal de 25 de febrero de 2021, se designó un nuevo Juez asesor y Presidente de Sala para completar la formación.

A propuesta del Juez Ponente, el Tribunal (Sala Novena ampliada) decidió iniciar la fase oral del procedimiento y se oyeron los informes orales de las partes en la vista celebrada el 26 de febrero de2021.

El 26 de febrero de 2021, a propuesta del Juez Ponente, el Tribunal, en el marco de las diligencias de ordenación del procedimiento previstas en el artículo 89 de su Reglamento de Procedimiento, instó al BCE a que respondiera a una pregunta y a las demás partes a que expusieran sus puntos de vista. Dicho requerimiento fue atendido en los plazos señalados.

Mediante decisión del Presidente del Tribunal de 12 de agosto de 2021, se atribuyó el presente asunto a una nueva Juez Ponente.

A raíz del fallecimiento del Juez Sr.Berke el 1 de agosto de 2021, los tres Jueces que firman la presente sentencia continuaron con las deliberaciones, de conformidad con los artículos 22 y 24, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento.

Las demandantes solicitan al Tribunalque:

–Anule la decisión impugnada.

–Condene en costas alBCE.

El BCE, apoyado por la Comisión, solicita al Tribunalque:

–Declare la inadmisibilidad del recurso en lo que respecta a la segunda demandante.

–Con carácter subsidiario, desestime el recurso por infundado en lo que respecta a dicha demandante.

–Desestime el recurso por infundado en lo que respecta a la primera demandante.

–Condene en costas a las demandantes.