Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 255/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ALFREDO URUCHURTU SOBERÓN.
Fecha: 23-Sep-2022
Iv Legitimación
9. El artículo 105, fracción II, inciso g), constitucional dispone que la CNDH podrá promover acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales que vulneren los derechos protegidos en la Constitución Federal o en los instrumentos internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte.(7) Bajo esa premisa, si la demanda fue presentada por María del Rosario Piedra Ibarra, quien en virtud de su carácter de presidenta de la CNDH,(8) se encuentra legitimada para interponerla en representación de la Comisión(9) y, adicionalmente, impugna una ley de una entidad federativa, este Alto Tribunal concluye que la acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por parte legitimada
.- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causales De Improcedencia
- Vi Estudio De Fondo
- Estándar Aplicable A Las Consultas A Personas Con Discapacidad
- Evaluación Del Proceso De Consulta Con Base En El Estándar Aplicable
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Acuerdo De Nueve De Febrero De Dos Mil Veintiuno Ibídem Foja
- Artículo
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Cdpd Párr
- Artículo De La Ley Reglamentaria Las Sentencias Deberán Contener