AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1276/2007. INTERNOS Y EQUIPOS DE TRANSFERENCIA, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1276/2007. INTERNOS Y EQUIPOS DE TRANSFERENCIA, S.A. DE C.V.

Fecha: 01-Ene-1917

En Efecto Según Se Advierte De La Lectura De Los Agravios La Recurrente Expresa Lo Siguiente

1) Controvierte la consideración del Tribunal Colegiado, relativa a que la Sala Fiscal responsable no otorgó plazo para ampliar la demanda de nulidad.

2) La quejosa expresa que el Tribunal Colegiado no estudió minuciosamente el planteamiento relativo a la incompetencia de la directora de fiscalización de la Subsecretaría de Ingresos. Aduce que dicho órgano jurisdiccional debió otorgar el amparo por la incompetencia de dicha autoridad, e insiste en que las autoridades demandadas no fundaron debidamente su competencia material y territorial, y que la orden de visita domiciliaria no está fundada y motivada.

3) También aduce que la Sala Fiscal estimó fundados los "actos fiscales", sin considerar que había conceptos de impugnación que no fueron contestados por la autoridad demandada.

En este contexto, debe precisarse que las cuestiones relativas a la competencia o atribuciones de las autoridades fiscales o administrativas son aspectos de legalidad y no de constitucionalidad pues, como ya se dijo, de acuerdo con lo establecido por este Máximo Tribunal, las cuestiones propiamente constitucionales implican el pronunciamiento y decisión sobre la constitucionalidad de una norma legal, o la interpretación directa de un precepto de la Constitución Federal, de ahí que lo que la recurrente propone en sus agravios deviene inoperante, porque sus planteamientos no constituyen cuestiones propiamente constitucionales.

De modo que si, en el presente caso, las cuestiones de legalidad mencionadas no encajan en los presupuestos de procedencia del presente recurso, los agravios expresados necesariamente resultan inoperantes.