AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2005/2006. GRUPO GIRAUD, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2005/2006. GRUPO GIRAUD, S.A. DE C.V.

Fecha: 31-Dic-1988

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-En la materia de la revisión competencia de esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se modifica la sentencia recurrida.

SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Grupo Giraud, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la autoridad y acto precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.

TERCERO.-Se declara sin materia la revisión adhesiva interpuesta por el secretario de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de tercero perjudicado.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, remítanse los autos al tribunal de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros Genaro David Góngora Pimentel, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José Fernando Franco González Salas y presidenta Margarita Beatriz Luna Ramos. El señor Ministro Mariano Azuela Güitrón estuvo ausente por licencia concedida por el Pleno. Fue ponente el primero de los señores Ministros antes mencionados.