AMPARO DIRECTO EN REVISION 1520/95. HUMBERTO CORRES SIERRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISION 1520/95. HUMBERTO CORRES SIERRA.

Fecha: 30-Ago-1993

El Artículo De La Ley Del Seguro Social Establece

"ART. 274.- Cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios consideren impugnable algún acto definitivo del Instituto, acudirán en inconformidad en la forma y términos que establezca el reglamento ante el Consejo Técnico, el que resolverá lo procedente.- El propio reglamento establecerá procedimientos administrativos de aclaración y los términos para hacerlos valer, sin perjuicio del de inconformidad a que se refiere el párrafo anterior.- Las resoluciones, acuerdos o liquidaciones del Instituto que no hubiesen sido impugnados en la forma y términos que señale el reglamento correspondiente, se entenderá consentido..."