ÍNDICE TEMÁTICO
aMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1218/2022
QUEJOSA Y RECURRENTE : **********
TERCERO INTERESADo Y ADHERENTE: **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
ponente: ministro jorge mario pardo rebolledo.
COTEJÓ
secretario: jorge arriaga chan temblador.
Colaboró: ANDREA TAFOYA CORONA.
Ciudad de México. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente a la sesión del día dieciséis de noviembre de dos mil veintidós.
VISTOS los autos para dictar sentencia en el amparo directo en revisión 1218/2022 .
RESULTANDO:
- PRIMERO. Juicio de amparo directo ********** . Mediante escrito presentado el veinte de agosto de dos mil veintiuno, ante el Juzgado Sexto de lo Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, ********** solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra la sentencia definitiva de cinco de julio de dos mil veintiuno, emitida en el juicio mercantil ejecutivo **********, en la cual se declaró fundada la excepción de falta de acción y, por ende, improcedente la acción ejercida, por lo que se absolvió a la demandada del pago de las prestaciones reclamadas y condenó a la actora, ahora quejosa, al pago de costas procesales.
- Correspondió conocer de la demanda de amparo directo al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, quien por auto de uno de septiembre de dos mil veintiuno registró el asunto con el número de amparo directo ********** y la admitió a trámite, se tuvo a la autoridad responsable rindiendo su informe justificado, se reconoció el carácter de tercera interesada a la sucesión a bienes de ********** ; dándose intervención al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, quien no formuló pedimento.
- Agotado el procedimiento, el veintiocho de enero de dos mil veintidós, el Tribunal Colegiado del conocimiento dictó sentencia, terminada de engrosar el catorce de febrero siguiente, en la que concedió la protección constitucional a la quejosa por vicios de fondo en contra de la sentencia definitiva emitida en el juicio mercantil ejecutivo ********** .
- SEGUNDO. Recurso de revisión. Inconforme con la sentencia dictada en el juicio de amparo directo **********, la quejosa ********** interpuso recurso de revisión, y una vez que el órgano de amparo dio curso al escrito de revisión, fue recibido en la Oficina de Correspondencia y Certificación Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Mediante acuerdo de diecisiete de marzo de dos mil veintidós, el Ministro Presidente de este Alto Tribunal, ordenó formar el expediente al rubro indicado, admitió a trámite el medio de impugnación y lo turnó a la Ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, enviándolo para su radicación en la Primera Sala.
- Asimismo, en dicho acuerdo se hizo saber a la parte tercera interesada el término de ley para hacer valer el recurso de revisión adhesiva. Atento a lo anterior, el dieciséis de marzo de dos mil veintidós **********, Albacea de la Sucesión de **********, interpuso recurso adhesivo.
- TERCERO. Avocamiento. En proveído de veintiséis de mayo de dos mil veintidós, la Ministra Presidenta de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que ésta se avocaba al conocimiento del asunto, y ordenó la remisión de los autos a la ponencia designada, para la elaboración del proyecto de resolución.
