Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1835/2022
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA: SULEIMAN MERAZ ORTIZ
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El Juez Quinto Federal Penal Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones, con competencia en toda la República y residencia en la Ciudad de México, autorizó el cateo solicitado por el agente del Ministerio Público de la Federación en el domicilio de la hoy recurrente. En la diligencia se localizaron dos camionetas al interior del inmueble con varios contenedores que contenían hidrocarburo refinado conocido como diésel y cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, por lo que la quejosa quien habitaba dicho inmueble fue detenida. El juez del proceso dictó sentencia en la que condenó a la quejosa por su responsabilidad en los delitos de posesión ilícita de hidrocarburo refinado -diésel- y posesión de cartuchos de los reservados para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. El tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada y se instruyó al juzgado de primera instancia para que, con las manifestaciones inherentes a los actos de tortura, diera vista a la institución ministerial federal para que investigara sobre la comisión del delito, así como la probable responsabilidad de quien o quienes resulten vinculados con los hechos. En el amparo directo la quejosa alegó, en esencia, vulneración al derecho de defensa adecuada, que fue objeto de actos crueles e inhumanos durante la ejecución del cateo y solicitó ser juzgada con perspectiva de género. El tribunal colegiado negó la protección solicitada.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1835/2022
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA: SULEIMAN MERAZ ORTIZ
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día veintinueve de junio de dos mil veintidós , emite la siguiente:
