AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2235/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2235/2023

Fecha: 18-Oct-2023

V. DECISIÓN

  1. Dadas las conclusiones alcanzadas, aun ante la naturaleza penal del asunto en donde aplica la suplencia de la queja , debe desecharse el amparo directo en revisión que nos ocupa y dejar firme la sentencia recurrida.

Por todo lo expuesto y fundado, se resuelve:

PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión a que este toca se refiere.

SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida de dos de marzo de dos mil veintitrés dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito en el juicio de amparo directo Primer número de expediente.

Notifíquese; conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de la Ministra y los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reserva su derecho a formular voto aclaratorio, Ana Margarita Ríos Farjat (Ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo.