amPARO directo EN REVISIÓN 2012/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

amPARO directo EN REVISIÓN 2012/2023

Fecha: 08-Nov-2023

II. OPORTUNIDAD

  1. El recurso de revisión fue interpuesto oportunamente. La sentencia recurrida fue notificada a la quejosa el tres de febrero de dos mil veintitrés, surtiendo efectos al día siguiente hábil que fue siete, por lo que el plazo establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del ocho al veintiuno del mes y año citados; descontándose los días once, doce, dieciocho y diecinueve, por ser inhábiles, de conformidad con los artículos 19 de la Ley de Amparo y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Por ello, si el recurrente presentó su escrito de expresión de agravios el diecisiete de febrero de este año, el recurso de revisión es oportuno.
  2. Estas consideraciones son vinculantes al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos.