Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 242/2023
RECURRENTE: **********
PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
SECRETARIO: HÉCTOR VARGAS BECERRA
COLABORÓ: GICELA GALAVIZ SOSA
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: En mayo de dos mil diecinueve, el propietario de un negocio en el Municipio de ********** , Estado de México, recibió varias llamadas de una persona que dijo ser del “Cartel Jalisco Nueva Generación”, quien lo amenazó con dañar a su familia si no le daba ********** , por derecho de piso. La víctima denunció los hechos y acordó con su familia que se iría del Estado; así su hijo atendió las subsecuentes llamadas en las que se exigió la entrega del dinero en fecha y lugar determinados. Llegado el día, pidió apoyo a elementos de la Policía de Investigación. Ya en el sitio se encontraban cuatro personas que descendieron de dos vehículos y hacían labores de vigilancia, el dinero se entregó a una de esas personas, y cuando lo guardaba, las cuatro personas fueron aseguradas por los elementos de la Policía de investigación.
Los anteriores hechos integraron la causa penal en la que se dictó sentencia de condena a cuarenta años de prisión a los cuatro coacusados por su responsabilidad en el delito Extorsión agravada, por haberse ostentado los activos como miembros de un grupo delictuoso y solicitar la entrega de dinero bajo la amenaza de causar daño a terceros. Contra de esa determinación, los sentenciados interpusieron recurso de apelación, en el que se confirmó el fallo de primera instancia.
Inconforme, el sentenciado ********** , promovió juicio de amparo directo, en el que se negó la protección constitucional. En desacuerdo, el señalado quejoso interpuso el presente recurso de revisión, en el que impugna que el Tribunal Colegiado realizó una indebida interpretación constitucional del artículo 266, párrafo tercero, fracciones I y VII del Código Penal del Estado de México.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 242/2023
RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
COTEJÓ
SECRETARIO: HÉCTOR VARGAS BECERRA
COLABORÓ: GICELA GALAVIZ SOSA
Ciudad de México. Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, emite la siguiente:
