AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4826/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4826/2022

Fecha: 22-Feb-2023

I. COMPETENCIA

  1. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es constitucional y legalmente competente para conocer de este recurso, en términos de los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 81, fracción II y 96 de la Ley de Amparo, así como 21, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación , en relación con los puntos primero y tercero del Acuerdo General 1/2023, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en virtud de que se interpuso contra una sentencia dictada por un tribunal colegiado de circuito en un juicio de amparo directo en materia penal, sin que se estime necesaria la intervención del Tribunal Pleno.