AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 264/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 264/2023

Fecha: 12-Jul-2023

ANTECEDENTES Y TRÁMITE

  1. Procedimiento penal. A *********** y otro, se les atribuyó haber privado de la libertad deambulatoria, en distintos momentos, a cuatro personas que iban a bordo de su vehículo. Consignada la averiguación previa respectiva, se inició procedimiento penal en contra del citado *********** el cual fue registrado bajo el número de causa penal ***********, por el Juzgado Trigésimo Segundo Penal en el Distrito Federal (ahora Ciudad de México).
  2. Instruida la causa penal, en sentencia dictada el siete de mayo de dos mil diez, se declaró a ***********, y otro penalmente responsable del delito de privación de la libertad en su modalidad de secuestro express calificado (diversos cuatro) hipótesis de abordo de un vehículo y cuando se realice con violencia, previsto en el artículo 163 bis, párrafo primero, del Código Penal para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México). Se le impuso, entre otras sanciones, la pena de 50 años de prisión.
  3. Recurso de apelación. Inconformes con esa resolución, tanto el Ministerio Público como ***********, interpusieron recurso de apelación, del que, por cuestión de turno, tocó conocer a la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), quien lo registró con el toca ***********.
  4. Seguida la secuela procesal correspondiente, el veintiuno de septiembre de dos mil diez, la Sala del conocimiento dictó sentencia definitiva en el sentido de confirmar los resolutivos primero, tercero y cuarto y modificar el resolutivo segundo, de la resolución recurrida. La modificación consistió, en que la Sala responsable precisó la absolución en el pago de perjuicios y daño moral, pues el Juez A quo no lo precisó. Sin embargo, se mantuvo la responsabilidad penal de *********** y ***********por el delito de secuestro express calificado.
  5. Primer juicio de amparo directo ( *********** ). Inconforme con la anterior resolución, por escrito presentado el veintiséis de febrero de dos mil dieciocho, ante la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), *********** promovió juicio de amparo directo en contra de los actos y las autoridades que se indican a continuación:

“(…)