AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6700/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6700/2022

Fecha: 05-Jul-2023

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6700/2022

QUEJOSO Y RECURRENTE: PERSONA “A”

PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIOS: SAÚL ARMANDO PATIÑO LARA Y

JONATHAN SANTACRUZ MORALES

Colaboró: Zulma Marlene Lara Ceballos

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos. El veintinueve de noviembre de dos mil diez, aproximadamente a las once horas, en el estado de Chihuahua, una persona llegó a una granja que arrendaba cuando fue interceptada por tres sujetos armados, entre ellos el señor Persona “A”, quienes la amagaron, golpearon, maniataron, despojaron de sus pertenencias y la obligaron a abordar su propia camioneta, en la que la trasladaron a otra granja en donde la mantuvieron privada de la libertad.

A partir de ese momento se entablaron comunicaciones telefónicas con la familia de la víctima para exigirle la cantidad de Monto 1 (Monto 1 de pesos a cambio de su liberación. Dicha retención se prolongó hasta el día seis de diciembre de dos mil diez en que el señor Persona “A”, y otros, recibieron la cantidad de Monto 2 (Monto 2 de pesos) como pago del rescate.

El señor Persona “A” fue detenido tras haberse librado una orden de detención por caso urgente en su contra. Transcurridas las cuarenta y ocho horas se ordenó su inmediata libertad. Sin embargo, más tarde ese mismo día, se ejecutó una orden de aprehensión en su contra y se instruyó un procedimiento penal. Seguida la secuela procesal se dictó sentencia condenatoria en su contra por la comisión del delito de secuestro agravado.

Inconforme, el señor Persona “A” interpuso un recurso de apelación en donde se confirmó la sentencia de primera instancia. En contra de dicha determinación, promovió un juicio de amparo directo en el que reclamó diversas violaciones a sus derechos al debido proceso y la presunción de inocencia, actos de tortura durante su detención, entre otros.

El Tribunal del conocimiento negó el amparo, pero ordenó dar vista al Ministerio Público para investigar la denuncia de tortura por separado. En contra de esta determinación, el quejoso interpuso recurso de revisión.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6700/2022

QUEJOSO Y RECURRENTE: PERSONA “A”

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

COTEJÓ

SECRETARIOS: SAÚL ARMANDO PATIÑO LARA Y

JONATHAN SANTACRUZ MORALES

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al cinco de julio de dos mil veintitrés , emite la siguiente: