AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 995/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 995/2023

Fecha: 23-Ago-2023

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 995/2023

QUEJOSO Y RECURRENTE: SALVADOR AUGUSTO ZEPEDA VÉLEZ

TERCERA INTERESADA: BBVA MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO

PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO

COTEJÓ

SECRETARIA: CLAUDIA LISSETTE MONTAÑO MENDOZA

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: El asunto proviene de un juicio oral mercantil, en el que se demandó la declaración judicial del vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito simple y el pago de diversas cantidades como consecuencia de dicho incumplimiento. El Juez del conocimiento declaró procedente la vía y fundada la acción, por lo que condenó al demandado al pago de la suerte principal, así como al de los intereses ordinarios; lo absolvió de los diversos intereses moratorios, y del pago de gastos y costas. Inconforme, el demandado solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, en el que entre otras circunstancias adujo que no tuvo una defensa adecuada, porque sus autorizados no comparecieron a todas las audiencias, lo que el tribunal colegiado del conocimiento analizó como violación procesal y declaró inoperante al no haberse precisado su trascendencia al resultado del fallo. El amparo le fue negado al quejoso. Dicha ejecutoria constituye la sentencia impugnada en el presente recurso de revisión, en el que el recurrente se duele de que el tribunal colegiado no analizara los conceptos de violación relacionados con su derecho a una defensa adecuada.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 995/2023

QUEJOSO Y RECURRENTE: SALVADOR AUGUSTO ZEPEDA VÉLEZ

TERCERA INTERESADA: BBVA MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO

PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO

COTEJÓ

SECRETARIA: CLAUDIA LISSETTE MONTAÑO MENDOZA

Vo.BO.

MINISTRO

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, emite la siguiente: