Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4790/2021
Fecha: 20-Sep-2023
III. OPORTUNIDAD
- Los recursos de revisión, principal y adhesivo se interpusieron de manera oportuna. La sentencia de amparo se notificó a la autoridad recurrente el veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, por lo que el plazo de diez días previsto en el artículo 86 de la Ley de Amparo para interponer el recurso de revisión transcurrió del miércoles veintidós de septiembre al martes cinco de octubre dos mil veintiuno . Por tanto, si la autoridad tercera interesada presentó su escrito de agravios mediante el portal de servicios en línea del poder judicial de la federación el cinco de octubre de dos mil veintiuno, último día del plazo, entonces el recurso se interpuso oportunamente.
- La admisión del recurso de revisión por parte de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación se notificó a First Majestic Plata el veinticinco de enero de dos mil veintidós, por lo que el plazo de cinco días señalado en el artículo 82 de la Ley de Amparo para adherirse a la revisión principal, transcurrió del jueves veintisiete de enero al miércoles dos de febrero de dos mil veintidós. El recurso fue presentado el último día del plazo , por lo que su interposición resultó oportuna .
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