AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4996/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4996/2024

Fecha: 16-Oct-2024

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4996/2024

(RELACIONADO CON EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3318/2024)

QUEJOSA: PERSONA “A” Y PERSONA “B”

RECURRENTE: SUCESIÓN A BIENES DE PERSONA “C”, A TRAVÉS DE PERSONA “D” (TERCERA INTERESADA)

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

COTEJÓ

SecretariAdo: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ y jorge isaac martínez alcántar

ÍNDICE TEMÁTICO

Antecedentes: una mujer demandó al conductor de un vehículo, a la propietaria del mismo y a una aseguradora el pago de una indemnización por la muerte de su hijo, quien falleció como consecuencia de un accidente vial. En su demanda señaló que la cuantificación de la indemnización debía realizarse con base en el salario mínimo, en términos de lo dispuesto por el artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México).

En la sentencia de primera instancia se absolvió a las demandadas del pago de todas las prestaciones. Sin embargo, en la apelación se modificó esa decisión y se condenó a las demandadas al pago de una indemnización por concepto de daño material, la cual debía cuantificarse con base en el salario mínimo.

Inconforme, la propietaria del vehículo y su conductor promovieron un juicio de amparo directo, en el que impugnaron el uso del salario mínimo en vez de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para cuantificar el monto de la indemnización. El Tribunal Colegiado les concedió el amparo.

En desacuerdo, la tercera interesada interpuso el presente recurso de revisión.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4996/2024

(RELACIONADO CON EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3318/2024)

QUEJOSA: PERSONA “A” Y PERSONA “B”

RECURRENTE: SUCESIÓN A BIENES DE PERSONA “C”, A TRAVÉS DE PERSONA “D” (TERCERA INTERESADA)

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

COTEJÓ

SecretariAdo: IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ y jorge isaac martínez alcántar

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión de dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro , emite la siguiente: