Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5081/2024
QUEJOSOS Y RECURRENTES: SEÑOR “A” y la EMPRESA “B”
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIO: EDUARDO ROMÁN GONZÁLEZ
SECRETARIA AUXILIAR: EMELIA RUBALCABA MEDINA
Colaborador: Diego Gustavo Pérez Rivas
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Una persona moral y una persona física suscribieron un pagaré en favor de una empresa. Posteriormente, la empresa demandó, en la vía ejecutiva mercantil oral, el pago de la cantidad amparada en el pagaré, más intereses y otras prestaciones.
Al resolver dicho juicio, el juez de la causa condenó a las codemandadas al pago de la suerte principal, así como los intereses moratorios correspondientes.
Inconformes, las codemandadas promovieron un juicio de amparo en el que, en lo que interesa, alegaron la inconstitucionalidad del artículo 1390 Bis 11, fracción V, del Código de Comercio, pues consideraron que la interpretación realizada por el juez respecto de dicho artículo violaba sus derechos. El Tribunal Colegiado negó el amparo.
En desacuerdo, los quejosos interpusieron el presente recurso de revisión, en el que insisten en la inconstitucionalidad de dicho precepto y, además, argumentan la aplicación inconstitucional de los artículos 166, fracciones IV, VI y VII, de la Ley de Amparo abrogada, y 175, fracciones IV, VI y VII, de la Ley de Amparo vigente.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5081/2024
QUEJOSOS Y RECURRENTES: SEÑOR “A” y la EMPRESA “B”
VISTO BUENO
SRA. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
COTEJÓ
SECRETARIO: EDUARDO ROMÁN GONZÁLEZ
SECRETARIA AUXILIAR: EMELIA RUBALCABA MEDINA
Colaborador: Diego Gustavo Pérez Rivas
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
