AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5516/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5516/2024

Fecha: 09-Oct-2024

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5516/2024

QUEJOSA: ARRENDADORA INDUSTRIAL MAPIMÍ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, ANTES DENOMINADA ARRENDADORA VELARDEÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FUSIONANTE DE ARRENDADORA QUIREY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

RECURRENTE Y TERCERA INTERESADA: SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

PONENTE: MINISTRA LENIA BATRES GUADARRAMA

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA: NETZAÍ SANDOVAL BALLESTEROS

SECRETARIA AUXILIAR: ADRIANA GUADALUPE RIVAS RAMÍREZ

COLABORÓ: AMPARO JOSELIN BERNAL VILCHIS

SÍNTESIS

Arrendadora Industrial Mapimí, Sociedad Anónima de Capital Variable antes denominada Arrendadora Velardeña, Sociedad Anónima de Capital Variable, sociedad fusionante de Arrendadora Quirey, Sociedad Anónima de Capital Variable (Arrendadora Industrial Mapimí, S.A. de C.V. antes denominada Arrendadora Velardeña, S.A. de C. V., sociedad fusionante de Arrendadora Quirey S.A. de C.V.), solicitó ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Coahuila, de la Administración General de Servicios al Contribuyente, del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se le autorizara la aplicación del estímulo fiscal en la región fronteriza norte, así como la inscripción al Padrón de Beneficiarios. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó reconocer la validez del acto impugnado.

Inconforme, la quejosa presentó amparo directo en el que refirió que los artículos 46 y 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) son inconstitucionales al resultar violatorios de los derechos fundamentales de legalidad y seguridad jurídica, pues no se otorga certeza a los contribuyentes que las Salas que integran el TFJA valoren de manera adminiculada o concatenada las pruebas aportadas en el juicio contencioso administrativo a fin de resolver la pretensión efectivamente planteada por el actor en su demanda de nulidad.

El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito dictó sentencia en la que resolvió amparar a Arrendadora Quirey, S.A. de C.V.; sin embargo, respecto a la constitucionalidad de dichos artículos determinó que no le generan un perjuicio directo y actual en su esfera jurídica, por lo que no resultaba procedente ocuparse del estudio de constitucionalidad que planteaba la quejosa.

En contra de esta determinación, el trece de junio de dos mil veinticuatro, la persona titular de la Dirección General de Asuntos Contenciosos y Procedimientos, en suplencia por ausencia de la persona titular de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Amparos y por ausencia de las personas titulares de las Direcciones Generales de Amparos contra Leyes y de Amparos contra Actos Administrativos, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público interpuso recurso de revisión.

ÍNDICE TEMÁTICO

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5516/2024

QUEJOSA: ARRENDADORA INDUSTRIAL MAPIMÍ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, ANTES DENOMINADA ARRENDADORA VELARDEÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FUSIONANTE DE ARRENDADORA QUIREY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

RECURRENTE Y TERCERA INTERESADA: SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

PONENTE: MINISTRA LENIA BATRES GUADARRAMA

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA: NETZAÍ SANDOVAL BALLESTEROS

SECRETARIA AUXILIAR: ADRIANA GUADALUPE RIVAS RAMÍREZ

COLABORÓ: AMPARO JOSELIN BERNAL VILCHIS

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al nueve de octubre de dos mil veinticuatro, emite la siguiente: