amparo directo en revisión 5067/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

amparo directo en revisión 5067/2023

Fecha: 14-Feb-2024

Encabezado

amparo directo en revisión 5067/2023

QuejosA RECURRENTE: MARÍA TERESA BARRETO CAMPOS

RECURRENTE ADHESIVO: INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA

PONENTE: ministrO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ

SECRETARIo: ALFREDO URUCHURTU SOBERÓN

SECRETARIa AUXILIAR: ma. karla rebeca carrasco soulé

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos:

Con apoyo en el artículo 46 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura levantó acta administrativa en contra de María Teresa Barreto Campos, por considerar que incurrió en falta de probidad y/o honradez y, con apoyo en dicha acta, demandó ante el tribunal burocrático, la terminación de los efectos del nombramiento de dicha trabajadora.

La operaria opuso la excepción de prescripción con sustento en el numeral 113, fracción II, inciso c), de la ley burocrática, además, sostuvo no haber incurrido en las conductas que se le atribuyen.

La sala estimó improcedente la excepción de prescripción y concedió a la patronal la autorización para dar por terminados los efectos del nombramiento expedido en favor de la actora.

La trabajadora promovió juicio de amparo directo , en el que planteó: que debió estimarse procedente la excepción de prescripción; que hubo indebida valoración probatoria; y que no incurrió en las conductas que se le atribuyen.

El colegiado negó el amparo, atento a esos mismos aspectos de legalidad .

La trabajadora interpuso recurso de revisión , en el que planteó la inconstitucionalidad de los artículos 46 bis y 113, fracción II, inciso c), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

amparo directo en revisión 5067/2023

QuejosA RECURRENTE: MARÍA TERESA BARRETO CAMPOS

RECURRENTE ADHESIVO: INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

ponente: ministrO JAVIER LAYNEZ POTISEK

cOTEJó

SECRETARIO: alfredo uruchurtu soberón

SECRETARIA AUXILIAR: MA. KARLA REBECA CARRASCO SOULÉ

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de catorce de febrero de dos mil veinticuatro, emite la siguiente