V. DECISIÓN
- En conclusión, al resultar extemporáneo el recurso de revisión hecho valer, procede desecharlo y dejar firme la sentencia recurrida.
Por lo expuesto y fundado, se resuelve:
PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión a que este toca 5054/2023 se refiere.
SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.
Notifíquese. En su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros y las señoras Ministras: Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se separa del párrafo trece y se reserva su derecho a formular voto concurrente, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (Ponente), y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se separa de los párrafos trece y catorce.
