Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 861/2023
Fecha: 10-Abr-2024
VII. DECISIÓN
- Dadas las conclusiones alcanzadas, lo procedente es, en la materia de la revisión, revocar la sentencia recurrida y devolver los autos al tribunal colegiado de circuito a fin de que, considerando lo resuelto en esta ejecutoria, nuevamente analice la litis de amparo y aplique el método de juzgar con perspectiva de género en cuanto a la decisión del monto que por concepto de pensión alimenticia corresponde a la recurrente teniendo en cuenta también su vertiente asistencial, considerando que tiene derecho a una vida digna y decorosa en relación con el derecho de alimentos la cual incluye la asistencia médica y resuelva lo que en derecho proceda.
- Por tanto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
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