AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 441/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 441/2024

Fecha: 18-Sep-2024

II. OPORTUNIDAD

14. Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la sentencia del Tribunal Colegiado le fue notificada personalmente a la parte quejosa el martes treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, por lo que dicha notificación surtió efectos el hábil siguiente siendo el lunes seis de noviembre del mismo año. Por tanto, el plazo de diez días establecido por el artículo 86 de la LA para la interposición del recurso de revisión transcurrió del siete al veintiuno de noviembre del dos mil veintitrés, descontándose los días uno, dos, tres, cuatro, cinco, once, doce, dieciocho, diecinueve y veinte de noviembre por ser inhábiles con fundamento en los artículos 19 de la LA, 143 de la LOPJF y 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), y uno, dos y tres de noviembre de la misma anualidad inhábiles de conformidad con la Circular 12/2023 de ocho de marzo del mismo año, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

15. Por tanto, si el escrito del recurso revisión se presentó en Oficialía de Partes Común el veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés, se concluye que se interpuso de forma oportuna.