Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4957/2024
Fecha: 29-Ene-2025
II. OPORTUNIDAD
- La sentencia recurrida se notificó personalmente a la señora Persona “A” el martes cuatro de junio de dos mil veinticuatro , por lo que dicha notificación surtió efectos al día hábil siguiente, es decir, el miércoles cinco de junio de ese año .
- De manera que el plazo de diez días establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del jueves seis al miércoles diecinueve de junio de dos mil veinticuatro , descontándose los días ocho, nueve, quince y dieciséis de junio, por haber sido inhábiles . Por tanto, si la quejosa interpuso el recurso de revisión vía electrónica el lunes diez de junio de dos mil veinticuatro , se concluye que se interpuso de manera oportuna .
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