AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 795/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 795/2022

Fecha: 19-Feb-2025

RESUELVE

PRIMERO. En la materia de la revisión, se confirma la sentencia recurrida.

SEGUNDO. La justicia de la Unión no ampara ni protege a la empresa, contra la sentencia de catorce de mayo de dos mil veintiuno, pronunciada por la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco en el toca de apelación Primer número de expediente.

Notifíquese , conforme a derecho corresponda, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien está con el sentido, pero se aparta de los párrafos 85 a 147 y 154, además se reservó su derecho a formular voto concurrente, Ministra Ana Margarita Ríos Farjat (ponente), Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidenta Loretta Ortiz Ahlf. El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo estuvo ausente.