AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 494/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 494/2024

Fecha: 09-Abr-2025

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 494/2024

RECURRENTES: LDH Y OTROS

PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA

SECRETARIA: SOFÍA DEL CARMEN TREVIÑO FERNÁNDEZ

COLABORADORA: CONSTANZA HERNÁNDEZ CARRILLO

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Una pareja contrajo matrimonio en 2008 en Veracruz, durante el cual tuvieron dos hijos. En 2017, después del nacimiento de su segundo hijo, la madre falleció. Desde entonces, los niños vivieron con su padre, aunque mantenían una relación cercana con sus abuelos y tía materna. Conforme al dicho del señor, en marzo de 2020, ante la pandemia por el COVID-19, los niños comenzaron a residir con su familia materna. Cuando el padre intentó recogerlos en octubre de ese año, los abuelos se negaron a entregarlos, lo que llevó al señor a presentar una demanda para obtener la guarda y custodia definitiva de sus hijos y la reincorporación a su hogar.

El Juzgado Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Misantla, Veracruz, dictó sentencia, mediante la cual ordenó la guarda y custodia definitiva a los abuelos y tía materna, al considerar que eran las personas más adecuadas para garantizar el desarrollo de los niños. Asimismo, estableció un régimen de convivencia para que el padre pudiera verlos cada quince días.

En desacuerdo, el señor interpuso recurso de apelación. La Octava Sala en Materia de Familia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz revocó la sentencia recurrida y, con base en el Código Civil para el Estado de Veracruz y las pruebas desahogadas, determinó que la guarda y custodia debía otorgarse al padre. Por ello, ordenó la restitución de los niños a la casa del actor, donde habían vivido previamente.

Inconformes, los abuelos y tía materna promovieron juicio de amparo directo. El tribunal colegiado confirmó la sentencia de apelación, en similar sentido a lo dictado por la sala responsable. Ante ello, los quejosos interpusieron el recurso de revisión que hoy se revisa, en el que combaten la constitucionalidad de los artículos 343, 345 y 349 del Código Civil para el Estado de Veracruz, aplicados por el tribunal colegiado en su perjuicio.


AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 494/2024

RECURRENTES: LDH Y OTROS

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA

COTEJÓ

SECRETARIA: SOFÍA DEL CARMEN TREVIÑO FERNÁNDEZ

COLABORADORA: CONSTANZA HERNÁNDEZ CARRILLO

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al 9 de abril de 2025, emite la siguiente: