COMPETENCIA
- Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente recurso de revisión, toda vez que fue interpuesto en contra de una sentencia emitida por un Tribunal Colegiado de Circuito en un juicio de amparo directo en materia penal, y no se estima necesaria la intervención del Tribunal Pleno .
