AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5404/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5404/2024

Fecha: 24-Sep-2025

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5404/2024

QUEJOSO Y RECURRENTE: **********

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ:

SECRETARIO: CARLOS ADRIÁN LÓPEZ SÁNCHEZ

ELABORÓ: ALICIA MARTÍNEZ GONZÁLEZ

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Una persona física promovió juicio ordinario civil en contra de dos personas físicas, en el que ejerció la acción de nulidad de juicio concluido respecto de un procedimiento de acción reivindicatoria. Alegó, en esencia, que en dicho proceso se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, lo que vulneró su derecho de audiencia.

Seguido el juicio en sus trámites, la titular del juzgado de origen emitió sentencia en la que declaró improcedente la acción, absolvió a los demandados de las prestaciones reclamadas y condenó al actor al pago de costas.

En desacuerdo, el actor interpuso recurso de apelación. El tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida al estimar que no se actualizan los elementos de procedencia de la acción de nulidad de juicio concluido.

Inconforme, el actor promovió juicio de amparo directo en el que solicitó el control de constitucionalidad o convencionalidad del artículo 10 del Código Civil del Estado de Jalisco, así como de los diversos 88 y 89 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco. Mientras que la tercera interesada hizo valer amparo adhesivo.

Luego, el tribunal colegiado de circuito correspondiente negó la protección constitucional solicitada y declaró sin materia el amparo adhesivo.

Contra esa resolución el quejoso interpuso el presente recurso de revisión.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5404/2024

QUEJOSO Y RECURRENTE: **********

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ:

SECRETARIO: CARLOS ADRIÁN LÓPEZ SÁNCHEZ

ELABORÓ: ALICIA MARTÍNEZ GONZÁLEZ

Ciudad de México. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente: