AMPARO DIRECTO 1591/95. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1591/95. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Fecha: 01-Ene-1917

Tercero El Estudio De Los Conceptos De Violación Conduce A Determinar Lo Siguiente

En esencia aduce el peticionario de garantías, que la Junta responsable violó en su perjuicio los artículos 840, 841, 842 y 843 de la ley laboral, y por ende los artículos 14 y 16 constitucionales, porque al valorar la prueba pericial médica que ofreció, le negó valor probatorio, dado que era superficial y se basaba en una exploración física y rayos X, pero en su consideración señaló que los peritajes "son consecuentes todos ellos", esto es, que concuerdan entonces si el peritaje del quejoso es superficial, también lo serían el de la parte actora y tercero en discordia, luego al no considerarlo así su proceder infringió los preceptos legales invocados.