AMPARO DIRECTO 2003/96. ANTONIO SARMIENTO GOMEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 2003/96. ANTONIO SARMIENTO GOMEZ.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Su Parte El Perito Tercero En Discordia Manifestó

"...por las características del mismo (padecimiento), el grado evolutivo con carácter de irreversible que limita las funciones para labores e incluso de la vida diaria, el actor es candidato a los beneficios del artículo 128 de la Ley del Seguro Social" (foja cuarenta y tres).

Sin embargo, con tales dictámenes, se insiste, únicamente se acredita la existencia del padecimiento, de orden general, mas no se acredita la imposibilidad de procurarse ingresos económicos en el porcentaje precisado en el artículo 128 de la Ley del Seguro Social.

La determinación anterior se apoya en la tesis sustentada por este Tribunal Colegiado al resolver con fecha once de octubre de mil novecientos noventa y cinco el amparo directo número DT- 9523/95 promovido por Juan José Galicia Juárez, publicada en las páginas quinientos cincuenta y dos y quinientos cincuenta y tres del Tomo II, Novena Epoca del Semanario Judicial de la Federación, correspondiente al mes de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, la cual textualmente dice:

"- No basta que se acredite en el juicio que el asegurado tenga una enfermedad o accidente no profesional, sino que es necesario que de manera fehaciente demuestre que esa enfermedad o accidente no profesional lo imposibilita para procurarse, mediante un trabajo, una remuneración superior al 50% de la habitual percibida durante el último año de trabajo, porque estos dos supuestos son los que exige el artículo 128 de la Ley del Seguro Social para que pueda declararse el estado de invalidez del asegurado. Lo anterior resulta lógico porque aun cuando un asegurado tenga una enfermedad o haya sufrido un accidente no profesional, no por ello, necesariamente, está imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un ingreso superior al 50% de su remuneración habitual percibida en el último año de labores."