En Efecto En Diversos Apartados De La Sentencia Definitiva Reclamada Se Estableció Lo Siguiente
(Considerando III) "... III. Para determinar si se ajusta a la legalidad la resolución impugnada, dictada en contra de la hoy sentenciada ... como penalmente responsable de la comisión del delito complejo de lesiones en contra de agente de la autoridad, previsto en el artículo 130, párrafo inicial (al que cause a otro una alteración en su salud), con relación al precepto 289 (al que cometa un delito en contra de un agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones), en concordancia con los preceptos 15 (hipótesis de acción) y 17, fracción I (instantáneo), todos del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, en términos del artículo 122 del código adjetivo de la materia penal para el Distrito Federal, se estima necesario analizar las constancias probatorias que integran el sumario y que son las siguientes: ..."
(Considerando IV) "... IV. Los elementos de convicción analizados son aptos de conformidad con las reglas contenidas en el artículo 122 del Código de Procedimientos Penales, para tener por acreditado el cuerpo del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad previsto en el artículo 130, en relación con el precepto 289, ambos del Nuevo Código Penal, en concordancia con los numerales 15 (de acción) y 17, fracción I (instantáneo), todos del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, toda vez que con esas probanzas se demuestra que la sujeto activo desplegó una conducta de acción, consistente en lesionar a un agente de la autoridad ejerciendo lícitamente sus funciones; toda vez que el día ..."
(Considerando IV, apartado 5) "... 5. De igual forma se constata la acreditación de los elementos normativos del tipo, para su integración, el tipo de mérito exige la existencia de diversos elementos normativos consistentes el primero justamente en la actualización de ‘un delito’, en el caso el delito de lesiones, cuya corporeidad ha sido establecida en los apartados precedentes, ya que la ‘lesión’ se entiende como un daño o alteración en la salud, inferidas por la sujeto activo en contra de un ‘agente de la autoridad’ y ‘en el acto de ejercer lícitamente sus funciones’. ..."
(Considerando V) "... V. Juicio de tipicidad. De lo anterior se constata el perfecto amoldamiento de la conducta desplegada por la sujeto activo, en la hipótesis que en abstracto prevé la ley, como delito de lesiones en contra de agente de la autoridad, previsto en el artículo 130, párrafo inicial (al que cause a otro una alteración en su salud), con relación al precepto 289 (al que cometa un delito en contra de un agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones), en concordancia con los numerales 15 (hipótesis de acción) y 17, fracción I (instantáneo), todos del Nuevo Código Penal, toda vez que quedó demostrado en autos, en términos del artículo 122 del Código de Procedimientos Penales, que el día ... materializando así el verbo rector del tipo al haber cometido el delito de lesiones en contra de agente de la autoridad, produciendo un resultado típico de carácter material, dado que existió un cambio en el mundo fáctico, además existe nexo de causalidad entre la conducta y el resultado, entendido como una relación de causa a efecto, con lo cual se lesionó el bien jurídicamente tutelado por nuestras normas. En estos términos, al encuadrarse la conducta de acción desplegada por la sentenciada en el tipo penal del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad, previsto en el artículo 130, párrafo inicial (al que cause a otro una alteración en su salud), con relación al precepto 289 (al que cometa un delito en contra de un agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones), en concordancia con los artículos 15 (hipótesis de acción) y 17, fracción I (instantáneo) todos del Nuevo Código Penal, se advierte que se encuentra acreditado el segundo elemento del delito como es la tipicidad; y, consecuentemente, se comprueba el cuerpo del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad. ..."
(Considerando VII) "... VII. Como presupuesto de la responsabilidad penal de ... en la comisión del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad que nos ocupa, se estima necesario referirnos al último elemento del delito como es la culpabilidad, así como al contenido de la misma como son: la imputabilidad, conciencia de la antijuridicidad y exigibilidad de otra conducta. ... El dolo. También está acreditado en autos, que la conducta desplegada por la ahora sentenciada, misma que ya fue precisada en el considerando anterior, la realizó en forma dolosa, puesto que adecuó su actuar a lo dispuesto en el artículo 18, párrafos primero (dolosa) y segundo (hipótesis de conocer y querer), del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, ya que quedó acreditado que actuó intencionalmente, con conocimiento de las circunstancias del hecho típico, con independencia de que conozca de su inclusión en el nuevo código sustantivo o no y de que se encuentra o no prohibido por la ley, queriendo el resultado material, pues sabían que al lesionar a un agente de la autoridad ejerciendo lícitamente sus funciones, cometía un delito al alterar la salud del ofendido al ejercer lícitamente las funciones de servidor público y en su caso por su forma de actuar puso de manifiesto su voluntad para causar un resultado típico, ya que quedó comprobado que la sentenciada de mérito obró conociendo los elementos del tipo penal de lesiones en contra de agentes de la autoridad, queriendo la realización del hecho, toda vez que llevó a cabo la conducta idónea, que los llevarían a vulnerar la integridad física del ofendido, conduciéndose con dolo directo. ..."
(Considerando VIII) "... VIII. La plena responsabilidad penal de la ahora sentenciada ... en la comisión del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad, previsto en el párrafo primero del artículo 130, párrafo inicial (al que cause a otro una alteración en su salud), con relación al precepto 289 (al que cometa un delito en contra de un agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones), del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, anteriormente analizado, quedó plenamente acreditada en autos en términos del artículo 261 del Código de Procedimientos Penales, en relación con los numerales 15 (hipótesis de acción), 17, fracción I, 18, párrafos primero (dolosa) y segundo (hipótesis de conocer y querer) y 22, fracción I (lo realice por sí), del mismo ordenamiento sustantivo. ... En efecto, la plena responsabilidad penal de la ahora sentenciada ... en la comisión del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad, se encuentra en términos del artículo 261 del Código de Procedimientos Penales, con los mismos elementos de prueba con que se tuvo por acreditado el cuerpo del delito en estudio. ... Del estudio de los anteriores elementos de prueba se desprenden suficientes indicios, cuyo enlace lógico y natural conducen de la verdad conocida a la que se busca y permiten determinar que la enjuiciada, al actuar dolosamente, concretó la conducta típica, antijurídica y culpable que prevé el artículo 130, en relación con el precepto 289, ambos del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, por lo que es procedente declarar penalmente responsable a la sentenciada ... en su carácter de autora material, en la comisión del ilícito de lesiones en contra de agente de la autoridad. ..."
(Considerando IX) "... IX. Para los efectos de la individualización de la pena a imponer a la sentenciada ... por la comisión del delito complejo de lesiones en contra de agente de la autoridad ... Por lo que son aplicables las penas contempladas en el artículo 130, fracción I, del nuevo ordenamiento penal para el Distrito Federal, se sancionará con: treinta a noventa días multa, si las lesione tardan en sanar menos de quince días, en atención a la clasificación de las lesiones. En lo conducente, cabe señalar que los parámetros de punibilidad para el delito de lesiones que establece el mencionado precepto 130, fracción I, del nuevo ordenamiento sustantivo en cita, son de 30 treinta a 90 noventa días multa. Con el incremento que le resulte por haberse cometido el delito en contra de agentes de la autoridad, sancionado en el artículo 289 del Nuevo Código Penal, que reza: ‘Al que cometa un delito en contra de un servidor o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena que corresponda por el delito cometido, se le impondrá de uno a tres años de prisión.’ ... En tales condiciones, acorde al grado de culpabilidad asignado en esta instancia a la sentenciada, se considera justo y equitativo imponerle al ahora sentenciado ... por la comisión del delito de lesiones, una pena de 33 treinta y tres días multa, equivalente a $1,492.92 un mil cuatrocientos noventa y dos pesos con noventa y dos centavos, a razón de $46.80 cuarenta y seis pesos con ochenta centavos, que era el salario mínimo vigente en la época de los hechos, al que atendió el juzgador, con fundamento en el párrafo segundo del artículo 38 del Nuevo Código Penal. En virtud de que el delito de lesiones fue cometido contra un agente de la autoridad (en el acto de ejercer lícitamente sus funciones), se impone a la sentenciada 1 un año 1 un mes 15 quince días de prisión. ... En esos términos, por la comisión del delito de lesiones en contra de agente de la autoridad, se le impone a la sentenciada ... una pena total de 1 un año 1 un mes 15 quince días de prisión y 33 treinta y tres días multa, equivalente a $1,492.92 un mil cuatrocientos noventa y dos pesos con noventa y dos centavos. ..."
Las anteriores consideraciones son incorrectas por apartarse de la legalidad a juicio de este Tribunal Colegiado, de considerar el ilícito de lesiones materia del proceso, complementado o agravado, en los términos transcritos, en virtud de que técnicamente los hechos investigados configuraran, en su caso, concurso real de delitos.
Los artículos del Código Penal en los cuales se apoyó la Sala responsable, que actuó unitariamente, para pronunciar la sentencia definitiva reclamada, a la letra dicen:
