AMPARO DIRECTO 417/95. TRANSFORMADORES BURGUEÑO, S.A. DE C.V. Y OTRO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 417/95. TRANSFORMADORES BURGUEÑO, S.A. DE C.V. Y OTRO.

Fecha: 01-Ene-1917

Consiguientemente Se Impone Negar A La Parte Quejosa El Amparo Que Solicita

Por lo expuesto, y con fundamento, además, en los artículos 158 y 184 de la Ley de Amparo, se resuelve:

UNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a TRANSFORMADORES BURGUEÑO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y MANUEL BURGUEÑO ALFARO, en contra del acto que reclaman de la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sinaloa, consistente en la sentencia de nueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco dictada en los autos del toca 674/95, a la apelación interpuesta en el juicio ejecutivo mercantil número 1880/93-2, que en su contra siguió BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al tribunal de origen y en su oportunidad archívese el expediente como asunto concluido.

Así, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados: Virgilio Adolfo Solorio Campos, Carlos Arturo Lazalde Montoya y Abraham S. Marcos Valdés. Fue ponente el último de los nombrados.