AMPARO DIRECTO 456/2001. GUADALUPE TORRES GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE ALBACEA DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA DE CARLOS MANUEL CEDILLO ARCE.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-Para los efectos precisados en la parte final del último considerando de esta sentencia, la Justicia de la Unión ampara y protege a la sucesión de Carlos Manuel Cedillo Arce, a través de su albacea Guadalupe Torres García, en contra de la sentencia dictada el dieciséis de marzo de dos mil uno, por la Primera Sala Civil Regional de Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca 90/2001.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos al tribunal de su procedencia y, en su oportunidad, archívese como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, integrado por los Magistrados presidenta Ana María Serrano Oseguera de Torres, Raúl Solís Solís y Felipe Alfredo Fuentes Barrera, siendo ponente el último de los nombrados.