AMPARO DIRECTO 459/2005.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 459/2005.

Fecha: 01-Ene-1917

Viii Cuando No Se Le Suministren Los Datos Que Necesite Para Su Defensa

Ahora bien, antes de hacer un pronunciamiento en relación con el motivo de disentimiento en estudio, y considerando que la parte quejosa alega una violación a la prerrogativa que a favor de todo gobernado se consagra en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a continuación conviene hacer una breve exposición de la garantía inmersa en dicho precepto legal.