AMPARO DIRECTO 591/96. FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 591/96. FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO.

Fecha: 01-Ene-1917

Atento Lo Anterior Resulta Innecesario El Estudio De Los Demás Conceptos De Violación

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 158, 184 y 190 de la Ley de Amparo, 35 y 37 fracción I, inciso d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se resuelve:

ÚNICO.-Para los efectos precisados en la parte final del considerando quinto de esta ejecutoria la Justicia de la Unión ampara y protege a Ferrocarriles Nacionales de México a través de sus apoderados Abel Muñoz Tepoxtecatl y Emilio Manuel Rojas Álvarez en contra de los actos que reclamó de la Junta Especial Número Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Tlaxcala, que hizo consistir en el laudo de fecha quince de julio de mil novecientos noventa y seis, pronunciado en el expediente número 292/95.

Notifíquese; con testimonio de la presente resolución devuélvanse los autos a la Junta de su origen y en su oportunidad archívese el expediente.

Así, por unanimidad de votos lo resolvieron los señores Magistrados que integran el Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, licenciados Olivia Heiras de Mancisidor, Norma Fiallega Sánchez y Jaime Manuel Marroquín Zaleta, siendo ponente el último de los nombrados.