AMPARO DIRECTO 721/95. CECILIA MUNGARAY MONTOYA Y OTROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 721/95. CECILIA MUNGARAY MONTOYA Y OTROS.

Fecha: 01-Ene-1917

En Ese Orden De Ideas Lo Procedente Es Negar El Amparo Solicitado

Por lo expuesto anteriormente y con fundamento además en los artículos 76, 77 y 78 de la Ley de Amparo, se resuelve:

UNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a CECILIA MUNGARAY MONTOYA, ENRIQUE MEDRANO M. y BERTHA ELENA MONTOYA SANCHEZ, contra el acto reclamado de la Primera Sala Regional del Supremo Tribunal de Justicia, con domicilio en esta ciudad, mismos que quedaron precisados en el resultando primero de la presente ejecutoria.

Notífiquese; anótese en el Libro de Gobierno; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos naturales al lugar de su procedencia y en su oportunidad archívese este toca.

Así, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados: Faustino Cervantes León, Alfonso Cruz Sánchez, y el secretario Luis Humberto Morales, quien actúa en funciones de Magistrado en términos del acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, siendo ponente el segundo de los citados.