Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 777/92. ELADIO OLIVARES BAUTISTA.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a ELADIO OLIVARES BAUTISTA en contra del acto y autoridad responsable que quedaron precisados en el resultando primero de este fallo.
NOTIFIQUESE, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a la Sala de su procedencia y en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los CC. Magistrados: presidenta, licenciada Ma. del Carmen Sánchez Hidalgo, licenciado José Angel Mandujano Gordillo y licenciado Fernando Narváez Barker, siendo relator la primera de los nombrados.
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