AMPARO DIRECTO 793/2008. LUZ Y FUERZA DEL CENTRO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 793/2008. LUZ Y FUERZA DEL CENTRO.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

TERCERO. En el presente asunto es innecesario realizar la transcripción de las consideraciones en que se apoyó el laudo reclamado y de los conceptos de violación, en virtud de que este Tribunal Colegiado no se ocupará de su estudio, habida cuenta de que se advierte la existencia de una violación al procedimiento laboral, de análisis oficioso, que lleva a conceder el amparo al impetrante, independientemente de que sea la parte patronal la que promovió la demanda de garantías.

Para explicar lo anterior, conviene retomar los antecedentes del asunto, entre los que destaca que María Adriana Trejo Garduño demandó de Luz y Fuerza del Centro, conforme a lo dispuesto en los artículos 501 y 503 de la Ley Federal del Trabajo, la declaración como beneficiaria de los derechos derivados de la relación laboral del extinto Daniel Torres Rodríguez y, como consecuencia, el pago de indemnización por muerte, a razón de dos mil días de salario, en términos de la cláusula 78, fracciones I y IV, del contrato colectivo de trabajo.

Es decir, se intentó una acción cuyo procedimiento es de los previstos como especiales en la Ley Federal del Trabajo.