AMPARO DIRECTO 963/2002. JAVIER VELÁZQUEZ MORALES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 963/2002. JAVIER VELÁZQUEZ MORALES.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

IV.-En el primer concepto de violación el actor-quejoso hace valer una infracción a las reglas del procedimiento consistente en el acuerdo de fecha veintisiete de septiembre de dos mil uno, mediante el cual la Junta denegó la revocación del perito Erasmo González de la Luz que le había sido nombrado al accionante y a tener como perito del actor a Rafael Rocha Olivares, quien emitió su dictamen y la Junta ordenó se guardara por separado bajo el argumento de que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 822 de la Ley Federal del Trabajo, esto es, de identificarse como perito.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159, fracción III, de la Ley de Amparo, la violación procesal argumentada sí tiene tal carácter, por cuanto sostiene el inconforme que la prueba pericial en materia de grafoscopía, caligrafía y grafometría por él ofrecida no se recibió en términos de ley, al rechazar la Junta la designación de un nuevo perito por no haberse acreditado como tal.