Se publica en forma íntegra la ejecutoria del amparo directo 306/91:
Suprema Corte de Justicia de la Nación

Se publica en forma íntegra la ejecutoria del amparo directo 306/91:

Fecha: 08-Ago-1991

Resultando

UNICO. Por escrito recibido el diez de julio del presente año, Rodolfo Rodríguez Enríquez en su carácter de representante legal de Grupo Constructor Fronterizo, S.A., promovió por conducto de la autoridad responsable, juicio de amparo directo ante el Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito en turno, contra acto de la Sala Regional del Noreste del Tribunal Fiscal de la Federación, que hizo consistir en la sentencia definitiva de diecisiete de mayo del año en curso, dictada en el juicio de nulidad fiscal 6/91 que promovió su representada contra el acuerdo 1950/90 de ocho de agosto de mil novecientos noventa, dictado por el Consejo Consultivo Delegacional del Instituto Mexicano del Seguro Social en Nuevo León, dentro del expediente número CCNL-436/90; acto que estimó violatorio de las garantías contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Sala responsable dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 169 de la Ley de Amparo y remitió a la oficialía de correspondencia común a los Tribunales Colegiados del Cuarto Circuito, el escrito original de la demanda de garantías con dos copias del mismo, constancia de notificación del oficio 107-MTY-III-4151, tres copias del escrito de presentación, original y tres copias del escrito de alegatos, una copia certificada ante notario público, y el expediente 006/91 en 105 fojas. Por razón de turno correspondió el conocimiento de la demanda de amparo a este órgano colegiado, el que la admitió a trámite por acuerdo de presidencia de quince de julio del año en curso. Se notificó al agente del Ministerio Público Federal adscrito, para su conocimiento y efectos legales correspondientes, quien se abstuvo de emitir opinión en el presente asunto. Posteriormente, se turnaron los autos al Magistrado relator para los efectos a que se refiere el artículo 184 de la invocada ley.