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    AMPARO DIRECTO 3152/98. CONSTRUCTORA ACESCO, S.A. DE C.V.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 3152/98. CONSTRUCTORA ACESCO, S.A. DE C.V.

    Fecha: 26-Sep-1995

    Considerando

    TERCERO.-Por cuestión de método se estudiarán los conceptos de violación no en los términos que fueron planteados.

    • Considerando
    • El Tercer Concepto De Violación Es Fundado Pero Inoperante
    • Por Lo Que Hace Al Primer Y Segundo Conceptos De Violación Son Infundados

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