Considerando
CUARTO.-En el caso, resulta innecesario el análisis tanto del laudo reclamado como de los conceptos de violación expuestos en su contra, toda vez que este Tribunal Colegiado, en términos del artículo 76 Bis, fracción IV, de la Ley de Amparo, advierte que la Junta responsable incurrió en una violación al procedimiento que dejó en estado de indefensión a las quejosas, dado que tuvo por desistido a su apoderado de diversas probanzas, a pesar de que dicho profesionista carece de facultades para ello.
En efecto, del análisis de las constancias que integran el juicio laboral de origen se advierte que el apoderado de las actoras, mediante escrito de siete de agosto de dos mil siete, ofreció, entre otras pruebas, la siguiente: (foja 45 del juicio laboral).
"1. La inspección ocular que se mande practicar en la oficina de atención a jubilados que ********** tiene ubicada en la calle Privada de Méndez y 26a. S/N, en la colonia Pacífico, de esta ciudad, quien deberá ser apercibido en términos del artículo 783 de la Ley Federal del Trabajo, para que con vista en las listas de raya, o cualquier otro documento relativo al pago de salarios de los extintos trabajadores que a continuación enumeramos, y en el periodo se habrá de comprender del 1ro. de octubre de 1987 al 28 de febrero de 1998, y para tal efecto, habrá de comisionarse al actuario a efecto de que dé fe de lo siguiente:
"a) Que ********** percibió en su categoría de ********** y en activo, un salario mensual de ********** pesos, durante los últimos noventa días anteriores a la fecha de su jubilación, que fue en diciembre primero de 1992.
"b) Que ********** percibió en su categoría de ********** y en activo, un salario mensual de ********** pesos, durante los últimos noventa días anteriores a la fecha de su jubilación, que fue el día primero de febrero de 1998.
"c) Que ********** percibió en su categoría de ********** y en activo, un salario mensual de ********** pesos, durante los últimos noventa días anteriores a la fecha de su jubilación, que fue el día primero de febrero 1992.
"d) Que ********** percibió en su categoría de ********** y en activo, un salario mensual de ********** pesos, durante los últimos noventa días anteriores a la fecha de su jubilación, que fue el dieciocho de febrero de 1998.
"e) Que ********** percibió en su categoría de ********** y en activo, un salario mensual de ********** pesos, durante los últimos noventa días anteriores a la fecha de su jubilación, que fue el primero de diciembre de 1987.
"f) Que ********** percibió en su categoría de ********** y en activo, un salario mensual de ********** pesos, durante los últimos noventa días anteriores a la fecha de su jubilación, que fue el dieciocho de febrero de 1998."
La Junta responsable en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, y ofrecimiento y admisión de pruebas, de siete de agosto de dos mil siete, sobre el particular, acordó: (foja 56 del juicio de origen).
"... Con fundamento en el artículo 880 de la Ley Federal del Trabajo se tiene a la parte actora ofreciendo pruebas en términos del escrito de fecha 7 de agosto de 2007, constante de 3 fojas, sin anexos, mismo que se ordena agregan (sic) a los autos ... y en cuanto a la admisión de las pruebas y respecto del auto de admisión de pruebas, en virtud de lo avanzado de la hora, y toda vez que se encuentra señalada diversa audiencia para celebrarse a las 12:00 horas en el expediente ********** esta Junta se reserva para emitir el auto de admisión de pruebas correspondiente, y una vez que se emita el mismo se notificará a las partes en sus domicilios señalados en autos ..."
Por escrito de ocho de agosto de dos mil siete ********** y ********** apoderados de las actoras, comparecieron ante la autoridad señalada como responsable a exponer:
"... En virtud de que por así convenir a los intereses que representamos, mediante el presente escrito nos permitimos desistirnos de la prueba de inspección ocular que ofrecimos en nuestro escrito de pruebas bajo el apartado 1, de fecha 7 de agosto del año en curso. ..."
