AMPARO DIRECTO 449/2009. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 449/2009. **********.

Fecha: 20-Nov-2008

Considerando

TERCERO. Los antecedentes del asunto y los conceptos de violación no se transcriben; tampoco se estudian estos últimos porque este Tribunal Colegiado de Circuito advierte que se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción XII, de la Ley de Amparo, al no haber presentado el quejoso la demanda dentro de los quince días que establece el artículo 21 del ordenamiento legal citado.

El actor promovió el presente juicio de amparo contra el laudo de veinte de noviembre de dos mil ocho, el cual fue dictado en cumplimiento de la ejecutoria emitida por este Tribunal Colegiado que resolvió el diverso juicio de garantías DT. 466/2008, promovido por **********, contra el primer laudo pronunciado por la Junta.

En la demanda de garantías el quejoso señaló que el laudo se le notificó el miércoles diez de diciembre de dos mil ocho:

"Fecha de notificación del acto reclamado. El laudo combatido fue notificado al quejoso con fecha 10 de diciembre del año 2008."

También se observa de la demanda de amparo, que el quejoso en el apartado que denominó "Término para la interposición de esta demanda de amparo", manifestó:

"El laudo que se combate, dictado con fecha 20 de noviembre del 2008 fue notificado al trabajador quejoso con fecha 10 de diciembre de 2008, según la fecha y firma puesta de puño y letra del notificado, por tanto, el término para interponer la presente demanda de amparo vence el día veinte de enero del año dos mil nueve."