AMPARO DIRECTO 427/2011. 19 DE ABRIL DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MA. ELISA TEJADA HERNÁNDEZ. SECRETARIO: NELSON LORANCA VENTURA.
Fecha: 19-Abr-2012
El Referido Peritaje Es Del Siguiente Tenor
"********** en mi carácter de perito en grafoscopía, nombrado por la actora en lo incidental ********** ... y procedí a examinar la firma señalada como dubitable, así como las firmas señaladas como indubitables y auxiliándome con lentes de aumento, procedí a tomarles fotografías. Planteamiento. El cuestionario que formula la actora en lo incidental, los puntos concretos que contiene son los siguientes: 1. Que determinen los peritos, cuáles son las características grafoscópicas, tanto estructurales como morfológicas de la firma dubitable o cuestionada que aparece estampada en el escrito de demanda de amparo directo número 427/2012 y que se le atribuye al quejoso **********. 2. Que determinen los peritos, cuáles son las características grafoscópicas, tanto estructurales como morfológicas de las firmas indubitables que estopará ante este honorable tribunal el quejoso **********. 3. Que determinen los peritos, qué diferencias grafoscópicas existen entre las firmas comparadas citadas en el punto uno y dos de este cuestionario. 4. Que digan los peritos, de acuerdo a su leal saber y entender y después de realizar un estudio minucioso a las firmas sujetas a estudio, si la firma dubitable o cuestionada, pertenece al puño y letra del quejoso ********** o por persona diferente a éste. 5. Que digan qué métodos utilizaron. 6. A qué conclusión llegaron. Hipótesis. De acuerdo a las actuaciones, así como al cuestionario que formula la parte actora en lo incidental, la hipótesis consiste en determinar si la firma que contiene en su anverso y en su calce el escrito de demanda de garantías de fecha diez de agosto del año dos mil once y que corre agregado dentro del juicio de amparo directo, marcado con el número 427/2011, fue realizada por el señor ********** o por persona diferente a esta última, determinando en todo caso la autenticidad o falsedad de la firma dubitable o cuestionada. Para realizar el presente peritaje y de acuerdo a las actuaciones, se toman como base las firmas que contienen los documentos siguientes: firma dubitable o cuestionada de **********. Es la que contienen en su anverso y en su calce el escrito de demanda de garantías de fecha diez de agosto del año dos mil once y que corre agregado dentro del juicio de amparo directo, marcado con el número 427/2011. Firmas indubitables o auténticas de ***********. Son las realizadas ante presencia judicial y que corren agregadas dentro del incidente en el que se emite el presente peritaje. Métodos utilizados. 1. Es el método deductivo que establece la metodología de la investigación, y que consiste en partir de las características generales, para poder llegar a la conclusión fijada en la hipótesis. 2. Es el método comparativo o de confrontación, que consiste en comparar los trazos de la firma dubitable con los trazos de las firmas indubitables para así poder determinar sus similitudes o semejanzas, así como sus diferencias entre ellas. Técnica utilizada. Para efecto de poder rendir el presente peritaje se toma como base la técnica en grafoscopía, como parte integrante de la documentoscopía, entendiéndose por ésta la que estudia de una manera objetiva la escritura, es decir lo que se observa en ella con el único medio de la visualidad. Herramientas utilizadas. Para la realización del presente peritaje, se utilizan lentes de aumento que amplían el objeto a examinar, así como con cámara fotográfica réflex, cargada con una película de 135 milímetros profesional. Marco teórico. Corresponde al perito estudiar la escritura individual y determinar sus características, ya que la palabra escrita, está formada de un conjunto de líneas y éstas forman parte esencial de las letras que se les denominan trazos y si las líneas no forman parte esencial de las letras se les denomina rasgos, ya que la grafoscopía es una ciencia experimental no empírica y con un gran porcentaje de arte y astucia y que son necesarios estos dos elementos, que son ciencia y pericial partes esenciales en la grafoscopía en el que deberá emplear sus conocimientos científicos, y su labor interpretativa, pero siempre refiriéndose exclusivamente a los que nuestros ojos pueden captar por lo que podemos diferenciar entre la escritura de una persona y otra, a través de la vista auxiliándose con lentes de aumento y la fotografía. Lo anterior en base de que la escritura no depende únicamente de los músculos de la mano, sino que en un acto resultante de voliciones y de líneas, estas últimas condicionadas por las constantes fisiológicas y psíquicas debidas a la herencia y ejecución; así por ejemplo cuando una misma persona aprende a escribir con la mano derecha y con la mano izquierda y se ejercita suficientemente, tanto la escritura efectuada con la mano derecha y no la ejecutada con la mano izquierda tendrán las mismas propiedades, sucediendo lo mismo con las escrituras ejecutadas con la mano derecha o con la izquierda, con la boca o con los pies de una misma persona, por lo que se concluye que en todos los casos se trata de la misma escritura cerebral. En la práctica vemos que cada escritura se compone de una serie de particularidades gráficas y características, llamadas idiotismos, de tal manera que cuando se comete una falsificación, la escritura se comprueba por la persistencia voluntaria e inevitable de esas constantes, pues la imposibilidad de introducir en el gesto gráfico las constantes, el actor imitado permiten siempre descubrir la falsificación. Ahora bien, las constantes que nos permiten descubrir la falsificación, es absurdo pensar que ello consiste en las formas de las letras, pues precisamente el imitador trata de reproducir las formas de las mayúsculas y de las minúsculas, por medio del dibujo, por lo que tenemos entonces que las constantes serán las que nos permitan saber de la existencia de una falsificación y que éstas se encuentren en la forma de los gramas, ligaciones, círculos, bucles, ojales, lazadas, ganchos, ángulos, tildes, palotes, puntos de ataque, ojillos, terminaciones, etc. Dado lo antes expuesto, la grafoscopía cuenta como único método de estudio el llamado de comparación formal, y que consiste en hacer comparación de las formas del grafismo y en comparar en forma particular cada letra, confrontando cada grafismo de la escritura o rasgo con las demás escrituras o rasgos en estudio. En la grafoscopia también debe tomarse en cuenta el principio basado en que nadie puede modificar voluntariamente en un momento dado la escritura natural, más que dejando en su trazado la señal del esfuerzo realizado para lograr el cambio; así por ejemplo el malhechor que quiere disfrazar su escritura y hacerla imposible de reconocer, lograr efectivamente una caligrafía totalmente distinta de la que emplea de ordinaria, incluso puede modificar una parte de sus reflejos y obtener una segunda escritura claramente distinta de la suya habitual, pero no logra deshacerse de algunas particularidades y otras reaparecen esporádicamente, sobre todo cuando afloja su atención en virtud de que cada individuo posee una escritura que le es propia y que se diferencía de las demás, independientemente de que la persona con edad senil, modifica su escritura debido a los temblores que realiza al escribir, así como a la interrupción del bolígrafo que utiliza, pero aun así el suscriptor conserva las diferentes constantes grafoscópicas dentro de su escritura. Por lo que respecta a los textos manuscritos desde el punto de vista grafoscópico, los documentos pueden ser alterados por raspadura, borradura o adición; en el primera caso el texto manuscrito lo escrito se raspa con cualquier instrumento para realizar el objetivo específico y después de esto se procede en su lugar a escribir el texto materia de la raspadura, en el segundo caso se utiliza una goma de borrar y después de borrar lo escrito se procede a realizar el nuevo texto, pero en los dos anteriores casos al examinarse el lugar en donde se encuentra la borradura o raspadura, las fibras del papel se encuentran alteradas y no guardan su uniformidad que contiene hasta antes de la borradura; en relación con la tercera alteración, que es por adición, por lo que respecta a los textos mecanográficos, ésta se descubre tomando como principio de que por más experto que sea el mecanógrafo al realizar la alteración no puede realizar la alineación vertical y horizontal del texto alterado, con la alineación vertical u horizontal que contienen el resto del texto mecanográfico, y la alteración de los textos manuscritos, en ellos, el texto adicionado de acuerdo a los espacios que contiene no guarda la debida uniformidad con el texto del resto del documento, asimismo también no corresponde el texto alterado a la misma antigüedad, pues el texto de mayor antigüedad, los bordes de sus trazos tienen una mayor difusión y penetración de la tinta sobre el papel utilizado y los textos de menor antigüedad, sus trazos tienen una menor difusión y penetración de la tinta sobre el papel utilizado. Existe otro tipo de alteraciones, pero sólo para los textos manuscritos como sería el de la alteración por retoque o enmienda que se origina cuando por ejemplo al estar escrito el número 3, se retoca o enmienda y la persona que altera el número 3 lo puede convertir en el número 8. Habiéndose realizado un breve estudio de lo que es la grafoscopía como parte integrante de la documentoscopía, y visto los cuestionarios, que se me formulan, paso a realizar el siguiente: Estudio comparativo entre las firmas dubitables o cuestionadas, confrontándolas con las firmas indubitables o auténticas de **********. 1. Por lo que respecta a la presión muscular de la firma dubitable o cuestionada, es regular y en relación a la presión muscular de las firmas indubitables o auténticas, es leve, lo anterior se denotó al examinar el reverso del papel en donde fueron realizadas. 2. Por lo que respecta a la tangente o limitante verbal de la firma dubitable o cuestionada, es irregular y la limitante tangente o verbal que contienen las firmas indubitables o auténticas es rectilínea, entendiéndose por tangente o limitante verbal la alineación que guardan los trazos en su base. 3. Por lo que respecta a la inclinación de los trazos de la firma dubitable o cuestionada, es menos hacia la derecha que la inclinación de los trazos que contienen las firmas indubitables o auténticas. 4. Por lo que respecta a los trazos magistrales de la firma dubitable o cuestionada, no se encuentran definidos, pues sus perfiles se confunden con los gruesos que contiene y en relación a los trazos magistrales que contienen las firmas indubitables, se encuentran bien definidos pues sus perfiles no se confunden con los gruesos que contienen. 5. Por lo que respecta al renglón de escritura de la firma dubitable o cuestionada, es ascendente y en relación con el renglón de escritura que contienen las firmas indubitables o auténticas es horizontal. 6. Por lo que respecta a la velocidad de realización de la firma dubitable o cuestionada, es regular, ya que sus terminaciones se encuentran ligeramente aceradas y la velocidad de realización de las firmas indubitables o auténticas es rápida, pues sus terminaciones se encuentran aceradas. 7. La firma dubitable, los trazos que contiene se encuentran en forma escalonada y las firmas indubitables los trazos que contienen, se encuentran en forma horizontal. 8. El suscriptor de la firma dubitable tiene una mayor caligrafía que el suscriptor de las firmas indubitables. 9. Tanto la firma dubitable como las firmas indubitables, fueron realizadas con escritura cursiva. 10. En la firma dubitable se encuentra legible solamente ********** y en las firmas indubitables, se encuentra legible el nombre de **********. 11. La firma dubitable así como las firmas indubitables contienen rúbrica. 12. Por lo que respecta a la caja de escritura de las firmas indubitables o auténticas, se encuentra mejor proporcionada que la caja de escritura de la firma dubitable o cuestionada. 13. La firma dubitable o cuestionada fue realizada por imitación servil tomando como muestra una firma indubitable, pero el suscriptor de la dubitable no pudo introducir en ella el gesto gráfico que es propio del suscriptor de las firmas indubitables. 14. La rúbrica de la firma dubitable, es diferente a la rúbrica de las firmas indubitables, como se menciona en la forma siguiente: a) La rúbrica de la firma dubitable, en su base contienen un trazo formado por un grueso y en las firmas indubitables contiene un grueso así como un perfil. b) La firma dubitable en su base no forma ningún ojal y en las firmas indubitables contienen un ojal abierto cuyo perfil y grueso se encuentran bien definidos. c) En la firma dubitable en su parte media contienen trazos oboidales que no se encuentran bien definidos, pues difieren en los enlaces que se encuentran en sus extremos y la rúbrica de las dubitables, los trazos en estudio se encuentran bien definidos. d) La firma dubitable en su parte media baja contiene un trazo recto que va de derecha a izquierda y este trazo se encuentra unido al trazo que le antecede, como lo es un grueso y por lo que respecta a las firmas indubitables o auténticas el trazo que se encuentra en su parte media baja es recto precedido por un trazo también horizontal que va de derecha a izquierda. 15. Las letras que contiene la firma dubitable, son diferentes a las que contienen las firmas indubitables como se expresa en la forma siguiente: a) Por lo que respecta a la letra G de la firma dubitable, en su parte derecha media, contiene un trazo anguloso y no forma ningún ojal y la letra G de las indubitables el trazo en estudio contiene un ojal. b) La letra E de la dubitable, se inicia con un arpón y la letra E de las indubitables, no se inicia con ningún arpón y su enlace superior de la dubitable es curvo y el de las indubitables es semicurvo. c) La letra R de la dubitable se inicia con un perfil que no se encuentra bien definido y la letra R de las indubitables se inicia con un perfil que se encuentra bien definido. d) La letra A de la dubitable sus trazos se encuentran unidos en su parte superior y la letra A de las indubitables, sus trazos se encuentran separados en su parte superior. e) La letra D de la dubitable el perfil y grueso que contiene forma ligeros temblequeos, lo que no acontece con la letra D de las indubitables. f) La letra O de la dubitable sus trazos se encuentran separados en su parte superior y la letra O de las indubitables sus trazos se encuentran unidos, haciendo la aclaración que la letra O de la dubitable, su enlace inferior es curvo y el enlace inferior de la letra O de las indubitables es semianguloso. g) La letra L de la dubitable su perfil no se encuentra bien definido y la letra L de las indubitables, su perfil se encuentra bien definido. h) La letra S de la dubitable, el primer enlace que contienen es semianguloso y en las firmas indubitables su enlace es curvo, asimismo la letra S de la dubitable, su último enlace se encuentra separado del trazo que le precede y la letra S de las indubitables, su último trazo se prolonga para continuar con la siguiente letra. 10. Desde el punto de vista de su morfología en general la firma dubitable, es diferente a las firmas indubitables, como se aprecia de las fotografías que se les tomaron, en virtud de que en ellas existe diferente gesto gráfico por corresponder a diferente escritura cerebral, ya que toda persona posee una escritura que le es propia y que se diferencia de las demás. 11. De acuerdo a lo expresado con anterioridad, determino que la firma dubitable o cuestionada fue realizada por persona diferente a la que realizó las firmas indubitables o auténticas. Contestación al cuestionario que formula la actora en lo incidental. 1. Por lo que respecta al punto que se contesta, las características grafoscópicas, tanto estructurales como morfológicas de la firma dubitable o cuestionada, que aparece estampada en el escrito de demanda de amparo directo número 427/2011 quedaron debidamente mencionadas en el estudio correspondiente. 2. Por lo que respecta al punto que se contesta, las características grafoscópicas, tanto estructurales como morfológicas de las firmas indubitables o auténticas realizadas ante esta autoridad, quedaron debidamente mencionadas en el estudio correspondiente. 3. Por lo que respecta al punto que se contesta, las diferencias grafoscópicas que existen entre la firma dubitable con las firmas indubitables, se encuentran debidamente mencionadas en el estudio correspondiente. 4. En relación al punto que se contesta, la firma dubitable o cuestionada, que aparece estampada en el escrito de demanda de amparo directo número 427/2011, no fue realizada de puño y letra de **********, sino por persona diferente a este último. 5. En relación al punto que se contesta, los métodos y técnicas que utilicé para realizar el presente dictamen, quedaron debidamente mencionados dentro del mismo. Conclusión. Según mi leal saber y entender y de acuerdo a la experiencia que tengo en la materia y después de haber realizado el estudio mencionado con anterioridad, llego a la conclusión siguiente: Única. La firma que contiene en su anverso, y en su calce el escrito de demanda de garantías, relativo a la demanda de amparo directo número 427/2011 y que se tramita en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, fue realizada por persona diferente al señor **********, por lo que técnicamente resultó ser falsa."
Del dictamen acabado de citar, se advierte que el indicado experto llevó a cabo un análisis detallado de aquellas firmas que fueron materia de su peritación, explicó las hipótesis a comprobar, señaló los métodos, la técnica y las herramientas utilizadas en su trabajo y luego de explicar el marco teórico, realizó de manera pormenorizada, el estudio comparativo entre las firmas dubitable o cuestionada y las indubitables o auténticas, en cuanto a presión muscular, tangente o limitante verbal, inclinación de los trazos, trazos magistrales, renglón de escritura, velocidad, forma de los trazos, caligrafía, escritura, rúbrica, caja de escritura, imitación, diferencias en rúbrica, diferencias en letras y morfología, para concluir que la firma contenida en el escrito de demanda fue realizada por persona diferente a **********, al encontrar diferencia en prácticamente todos los elementos y características, descritos.
En efecto, al realizar el mencionado estudio comparativo, el profesionista **********, señaló que la presión muscular de la firma cuestionada era regular, mientras que la de las firmas indubitables era leve; que la limitante verbal de la primera era irregular, mientras que en las auténticas era rectilínea; situó la inclinación de la firma cuestionada menos a la derecha que la de las trazadas en la presencia judicial; estableció que mientras en la firma puesta en duda los llamados trazos magistrales no se encontraban definidos, sí lo estaban en las firmas incuestionables; agregó que el renglón de escritura de la firma puesta en duda era ascendente, mientras que en las otras eran horizontales y que, en la primera, la velocidad de realización de la firma era regular, en las auténticas era rápida, con terminaciones fuertes; mientras que los trazos, en la primera, eran escalonados y horizontales, en las segundas; añadiendo que el autor de la firma dubitable tenía mejor caligrafía que quien elaboró las indubitables.
También refirió, dentro del referido análisis comparativo, que en la firma dubitable se encontraba legible solamente ********** y en las indubitables **********; y con relación a la llamada caja de escritura, concluyó que la de las firmas indubitables se encontraba mejor proporcionada que la de la firma cuestionada; que la rúbrica entre ambas firmas era diferente, al igual que las letras contenidas en las firmas, y que también había variaciones en la morfología de los trazos, señalando que la firma objetada fue realizada por imitación servil; es decir, copiada burdamente, tomando como muestra una firma indubitable, pero precisando que el suscriptor de la dubitable no pudo introducir el gesto gráfico que es propio del autor de las indubitables. Concluyendo que la firma que contiene en su anverso y en su calce el escrito de demanda de garantías fue realizado por persona diferente a **********, esto es, que la misma era falsa.
Con base en lo anterior, el señalado peritaje rendido por el experto propuesto por la actora merece eficacia probatoria en virtud de que reúne los requisitos técnicos y metodológicos que permiten a este tribunal valerse de su opinión a efecto de arribar, con elementos de juicio suficientes, a la toma de decisión en este incidente, ya que existe claridad, firmeza y ausencia de vacilaciones, en la conclusión mencionada; consta una lógica relación entre los fundamentos del dictamen y dicha conclusión, pues al existir tantas diferencias o discrepancias entre las firmas analizadas, es acorde a la lógica y a la experiencia humana, concluir que tienen un origen diverso, además de que con ellas no se contrarían hechos notorios, ni las normas generales de la experiencia.
Por tanto, como el dictamen analizado reúne los requisitos técnicos y metodológicos necesarios para que las observaciones realizadas y conclusiones a las que arribó el perito, puedan ser aceptadas, a efecto de ilustrar el criterio de este órgano jurisdiccional, el mismo merece pleno valor probatorio.