AMPARO DIRECTO 55/2013. 22 DE MARZO DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ENRIQUE ZAYAS ROLDÁN. PONENTE: ROSA MARÍA TEMBLADOR VIDRIO. SECRETARIO: CIRO CARRERA SANTIAGO.
Fecha: 22-Mar-2013
Artículo Son Causas De Divorcio
"XVI. La separación de los cónyuges por más de dos años, independientemente del motivo que la haya originado; esta causal podrá ser invocada por cualquiera de ellos y no existirá cónyuge culpable, por lo que ambos interesados tendrán expeditos sus derechos para promover en otro juicio las acciones que procedan respecto a los derechos y obligaciones que hayan surgido en virtud del matrimonio, así como para resolver lo relativo a su régimen de bienes."
"Artículo 473. El derecho alimentario entre ex-cónyuges, en el caso de divorcio necesario, se rige por las siguientes disposiciones:
"I. La excónyuge inocente que carezca de bienes o que durante el matrimonio se haya encargado de las labores del hogar, o del cuidado de los hijos, o que esté imposibilitada para trabajar, tendrá derecho a alimentos.
"II. El marido inocente sólo tendrá derecho a alimentos cuando carezca de bienes y esté imposibilitado para trabajar.
"III. El derecho a los alimentos se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o no viva honestamente.
"IV. En el caso de las causales enumeradas en las fracciones IV, V, XI y XII del artículo 454, salvo que se trate de enfermedades contagiosas contraídas culposamente, el ex cónyuge enfermo tendrá derecho a alimentos si carece de bienes y está imposibilitado para trabajar."
- Quinto Los Conceptos De Violación Que A Continuación Se Analizarán Son Sustancialmente Fundados
- Se Afirma Lo Fundado De Los Anteriores Argumentos En Atención A Las Siguientes Consideraciones
- Artículo Son Causas De Divorcio
- C Cuando Siendo El Hombre Carezca De Bienes Y Esté Imposibilitado Para Trabajar