AMPARO DIRECTO 272/2013. JUAN EDUARDO REYNA ORTIZ. 12 DE ABRIL DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS; UNANIMIDAD EN RELACIÓN CON EL TEMA CONTENIDO EN ESTA TESIS. DISIDENTE: CAROLINA PICHARDO BLAKE. PONENTE: MARCO ANTONIO BELLO SÁNCHEZ. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL B
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 272/2013. JUAN EDUARDO REYNA ORTIZ. 12 DE ABRIL DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS; UNANIMIDAD EN RELACIÓN CON EL TEMA CONTENIDO EN ESTA TESIS. DISIDENTE: CAROLINA PICHARDO BLAKE. PONENTE: MARCO ANTONIO BELLO SÁNCHEZ. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL B

Fecha: 12-Abr-2013

Quintoel Análisis De Los Conceptos De Violación Conduce A Determinar Lo Siguiente

En su primer concepto de violación el quejoso sostiene, en forma medular, que la Sala responsable emitió un laudo carente de fundamentación y motivación al estimar en forma incorrecta que en el caso se actualizó la excepción de prescripción propuesta por la secretaría demandada en términos del artículo 113, fracción II, inciso a), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado ya que si en autos quedó demostrado que el actor tuvo conocimiento del despido el once de marzo de dos mil once, de conformidad con el precepto invocado, el plazo de cuatro meses para ejercer su acción de reinstalación feneció el once de julio de dos mil once y si el escrito de demanda se presentó según el sello checador de la oficialía de partes del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje el catorce de julio de dos mil once, sus acciones se encontraban prescritas.

Consideración que estima incorrecta el quejoso en razón de que la Sala desatendió las prestaciones reclamadas por el actor y los hechos narrados en la demanda, perdiendo de vista que el actor demandó la reinstalación en su puesto de base como jefe de sección especialista hacendario que ocupó en forma previa a la plaza de confianza de la cual fue separado, basando su acción en términos del artículo 5o. transitorio de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, por lo que estima que el término prescriptivo es el que cita el artículo 112 de la propia ley que corresponde a un año.