AMPARO DIRECTO 366/2012. PABLO SÁNCHEZ SÁNCHEZ. 25 DE OCTUBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EMMANUEL G. ROSALES GUERRERO. SECRETARIA: MARÍA DEL CARMEN TINAJERO SÁNCHEZ.
Fecha: 09-May-2014
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a Pablo Sánchez Sánchez, respecto del acto y por la autoridad precisados en el resultando primero, y para los efectos señalados en el último considerando de esta sentencia.
Notifíquese por lista al quejoso, al Ministerio Público de la Federación adscrito y demás interesados; por oficio a las autoridades terceras perjudicadas y, por oficio, con testimonio de esta resolución a la Sección de la Sala Superior responsable, a la cual, además, devuélvanse los autos del juicio administrativo de origen y el toca de revisión, cúmplase y, en su oportunidad, archívese.
Así lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados, presidente Salvador González Baltierra, Emmanuel G. Rosales Guerrero y Víctor Manuel Méndez Cortés, fue ponente el segundo de los nombrados. El Magistrado presidente emitió voto aclaratorio en la misma sesión.