Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 1632/2013. 24 DE ABRIL DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. SECRETARIA: VERÓNICA BEATRIZ GONZÁLEZ RAMÍREZ.
Fecha: 11-Jul-2014
Dicho Argumento Es Infundado
En la demanda se reclamó el pago de tiempo extraordinario, con el argumento de que si bien se pactó una jornada de trabajo de las 8:00 a las 16:00 horas de lunes a viernes de cada semana, al contar con los habilitamientos para poder trabajar los días sábados y domingos, así como los días inhábiles, la jornada se extendió, en promedio a 16 horas semanales, durante el tiempo en que desempeñó sus funciones.