Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 515/2014. 11 DE FEBRERO DE 2015. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ENRIQUE ZAYAS ROLDÁN. PONENTE: ERIC ROBERTO SANTOS PARTIDO. SECRETARIO: MARTÍN AMADOR IBARRA.
Fecha: 27-Nov-2015
Considerando
QUINTO.-No se transcribirá la parte considerativa de la sentencia reclamada, así como los conceptos de violación formulados en su contra, porque no serán materia de estudio, en atención a que se advierte que, en la especie, se surte la causal de improcedencia del presente juicio de amparo, prevista en el artículo 61, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, cuyo estudio se hace de oficio, en términos del artículo 62 del citado ordenamiento legal.