AMPARO DIRECTO 131/2005. 8 DE ABRIL DE 2005. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GERARDO DOMÍNGUEZ. SECRETARIO: MANUEL AYALA REYES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 131/2005. 8 DE ABRIL DE 2005. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GERARDO DOMÍNGUEZ. SECRETARIO: MANUEL AYALA REYES.

Fecha: 07-Ago-2015

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra la autoridad y por el acto precisado en el resultando primero de esta ejecutoria.

Notifíquese, háganse las anotaciones pertinentes en el libro de gobierno, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese este expediente.

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Gerardo Domínguez, José Guadalupe Hernández Torres y Rodolfo Moreno Ballinas.

En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.