Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 176/2014. 24 DE SEPTIEMBRE DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ANTONIO CEJA OCHOA. SECRETARIO: RICARDO ALEJANDRO BUCIO MÉNDEZ.
Fecha: 25-Sep-2015
Novenoanálisis De Los Conceptos De Violación Y Solución Del Caso
La quejosa alega que la Sala sólo realizó un cómputo de días pero no precisó cuándo se perfeccionó la notificación de la resolución impugnada, y sólo señaló que su cómputo deviene correcto al estimar que en la fecha en que se notificó la resolución, ese día surtió efectos, pero no tomó en consideración que la ley de responsabilidades, el código de procedimientos y la ley de justicia administrativa no prevén cuándo deben surtir efectos las notificaciones, ni que se deba considerar que surten efectos conforme a la ley del acto.